sábado, 31 de octubre de 2009

Los españoles, precavidos ante la muerte


Europa Press, octubre de 2009.
Uno de cada dos españoles ha tomado medidas para el día de su muerte, según un estudio elaborado entre casi un millón de clientes de la compañía aseguradora Alianza Española acerca de los hábitos de los españoles respecto a los seguros de decesos.




Vivir en un cementerio, donde nunca te llevarán una pizza
El descanso eterno también merece diseño .
Una de las conclusiones de este estudio señala que los españoles somos personas previsoras que pensamos en el futuro y a quienes les gusta tener las cosas previstas frente a cualquier eventualidad, incluso ante las más graves.

Según el director comercial de Alianza Española, Enrique Martínez Vara del Rey, "estas cifras no quieren decir que los españoles pensemos demasiado en la muerte, ni mucho menos", ya que, a su juicio, estos datos señalan que los españoles son personas "previsoras" a quienes les gusta tener las cosas planificadas frente a cualquier eventualidad, "incluso ante las más graves".

Este tipo de pólizas garantizan la prestación de un servicio fúnebre integral, al ocuparse de todos los aspectos asociados a una defunción, desde los trámites y gestiones administrativos, hasta el traslado del cuerpo y demás servicios funerarios. Además, todos los servicios funerarios están cubiertos por la compañía de seguros, de conformidad a la póliza.

Otra de las conclusiones del estudio, es que, a pesar del elevado número de personas que cuentan con este tipo de seguros, los españoles cada vez tardan más años en considerar la posibilidad de asegurarse ante su propia defunción. Tres de cada cuatro titulares de este tipo de seguros está por encima de los 50 años. "Los jóvenes son reticentes a pensar en el día de su muerte", indicó Vara del Rey, ya que "lo normal" es que este tipo de seguro sea suscrito por los padres y éstos incluyan a sus hijos en el mismo.

Otro de los datos destacados por este informe es el hecho de que hay un creciente número de extranjeros residentes en España que optan por contratar un seguro de decesos en previsión de que un accidente o una enfermedad puedan acaecerles en España.

"Esta clase de pólizas les asegura la repatriación a sus lugares de origen, corriendo la compañía de seguros con el desembolso de todos los gastos", concluyó el director comercial de Alianza Española.

Fuente que.es

viernes, 30 de octubre de 2009

Consultas renta y sucesiones


Fuente expansión


Los expertos de Landwell-PwC han resuelto sus dudas sobre la reforma fiscal en el patrimonio familiar: Renta y Sucesiones
Expansión.com continúa con su foro de consultas legales, en el que los principales despachos de abogados responden a las cuestiones de los lectores sobre temas fiscales, laborales y mercantiles, con un encuentro en el que los expertos de Landwell-PwC han respondido sus dudas sobre la reforma fiscal en el patrimonio familiar: Renta y Sucesiones.

Una persona que es residente en Cataluña si hereda de una persona que era residente en el pais Vasco ¿donde tributa?
Enviado por: juan (09:22 26/10/2009)

En las adquisiciones ¿mortis causa¿, cuando el difunto tuviera su residencia habitual en el País Vasco durante los 5 años anteriores a la fecha del devengo (día del fallecimiento), la exacción del Impuesto sobre Sucesiones corresponderá a la Diputación Foral y, por tanto, se deberá presentar la declaración y liquidar el impuesto en el País Vasco, con independencia del lugar donde residan los herederos. No obstante, si en el momento del fallecimiento no hubieran transcurrido los cinco años de residencia requerida, se aplicará la normativa estatal, que no recoge bonificación alguna, y deberá liquidarse el impuesto ante la Administración Tributaria Central.

Dado el descenso de los ingresos de las comunidades autonomas, ¿creen que se modificarán las bonificaciones del impuesto de donaciones y sucesiones?. Ante una proxima donación,¿es conveniente realizarla este año o esperar al proximo? Les escribo desde Castilla y León. Muchas gracias
Enviado por: FLAMARION (09:22 26/10/2009)

El impuesto de sucesiones y donaciones es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas, que poseen el 100% de la recaudación y capacidad normativa para modificarlo. No obstante, la capacidad real para eliminarlo o fijar nuevas bases comunes sigue en manos del Ejecutivo central. Tras la aprobación de los presupuestos para el año 2010, ya sabemos que el Ejecutivo no ha utilizado sus competencias en la materia para modificar el contenido del citado impuesto, si bien a principio de 2009 se valoró la posibilidad de establecer una nueva horquilla común para las autonomías, que pretendía obligar a las regiones que habían emprendido rebajas fiscales a dar marcha atrás. En el ámbito castellano y leonés, a día de hoy no ha habido ningún pronunciamiento por parte del ejecutivo autonómico anunciando nuevas bonificaciones en el impuesto de sucesiones y donaciones (actualmente, las donaciones al cónyuge, descendientes o adoptados del donante se encuentran bonificadas al 99%), si bien la ley de medidas fiscales de Castilla y león no saldrá publicada hasta el mes de diciembre, por lo que podría haber novedades a partir de esta fecha. En relación a la idoneidad de realizar una donación, y visto exclusivamente desde la perspectiva de la tributación en el IRPF del donante, la ganancia patrimonial aflorada podría verse beneficiada de un menor gravamen efectuando la donación en el año 2009, ya que, mientras actualmente las ganancias patrimoniales tributan al 18%, el año que viene tributarán al 19% los primeros 6.000 euros, y al 21% el resto.

Buenos días y gracias por la oportunidad de poder hacer la pregunta. ¿No es aberrante que en el impuesto de sucesiones se mantenga la actual penalización cuando el heredero tiene una relación tiene una relación de cuarto grado con el difunto, pudiendo llegar a pagar el 80% de lon heredado?
Enviado por: CONSTANTINO FERNANDEZ (09:22 26/10/2009)

La ley Estatal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, no prevé reducción alguna para los supuestos en los que el heredero tenga la consideración de colateral de cuarto grado. No obstante, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, que tienen potestad para regular y aprobar reducciones, bonificaciones y deducciones. En este sentido, algunas Comunidades Autónomas, haciendo uso de sus facultades han incluido en su ley autonómica, deducciones o reducciones, para los supuestos de personas con discapacidad, sin exigir el requisito del parentesco. Un ejemplo sería el caso de la Comunidad de Castilla-La Mancha, dónde está prevista una deducción del 95% para las personas con un grado de discapacidad superior al 65%, con independencia del grado de parentesco.

Buenos dias. tengo un plan de pensiones pero si lo rescato no lo puedo compativilizar con el sudsidio de desempleo eso me dicen en el inem ya si fuera el rescate mensual o el total ¿es cierto esto? gracias y muy amables.
Enviado por: tomas ruz huelves (09:22 26/10/2009)

En contestación a su pregunta, debemos indicar que a efectos de determinar el requisito de carencia de rentas con el fin de poder acceder a la percepción de la prestación del subsidio de desempleo, los requisitos exigidos deberán concurrir en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, así como en el momento de solicitud de sus prórrogas o reanudaciones y durante la percepción de todas las modalidades de subsidio existentes. A estos efectos, son considerados como rentas o ingresos computables a efectos de determinar el requisito de carencia de rentas para percibir la prestación de subsidio de desempleo todos los ingresos que obtenga Ud. y los miembros de su unidad familiar, cualquiera que sea su origen como por ejemplo: salarios, pensiones de la seguridad social, intereses bancarios, becas, etc., incluidos los importes procedentes de un rescate de planes de pensiones. Se exceptúan la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato, las asignaciones de Seguridad Social por hijo a cargo y las cotizaciones al Convenio Especial con la Seguridad Social. Las rentas o ingresos se determinarán como la suma de ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar (Ud., su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad), dividida entre el número de miembros que la componen, no pudiendo superar 468¿ mensuales en 2009. Por lo que respecta a los rescates de los Planes de Pensiones, la legislación vigente en dicha materia, únicamente permite rescatar los derechos consolidados en el caso de enfermedad grave y desempleo de larga duración. El Real Decreto 1299/2009 de 31 de julio ha introducido una modificación con el fin de facilitar la liquidez de los planes de pensiones en el supuesto de desempleo de larga duración. En concreto, se ha suprimido la exigencia del plazo de 12 meses continuados en situación legal de desempleo, con el fin de que los partícipes que se encuentren en dicha situación y vean mermada sensiblemente su renta disponible, puedan acceder de modo inmediato al ahorro acumulado en el plan para atender a sus necesidades económicas, una vez agotadas las prestaciones por desempleo contributivas o en caso de no tener derecho a dichas prestaciones. Dado que Ud. habrá agotado las prestaciones por desempleo contributivas, entendemos que podría rescatar un importe de ahorro acumulado en el Plan de Pensiones. Con el fin de poder compatibilizar este rescate con la prestación de subsidio de desempleo, Ud. debería rescatar un importe tal que, sumándolo al resto de ingresos mensuales obtenidos, no supere el requisito establecido de carencia de renta.

Mi pregunta es acerca de la nulidad de las notificaciones y la prescripción del derecho de la Agencia Tributaria a exigir el pago de la deuda una vez transcurrido el plazo reglamentario. Diversas sentencias de los tribunales Constitucional y Supremo dicen que hay que aplicar una "minima diligencia" y buscar al administrado, Un pensionista, totallmente localizable a través de Seguridad Social en su nuevo domicilio, recibe una "paralela" descabellada,hasta 20 veces la deuda real por incremento patrimonial por venta de inmuebles. Al dirigir las notificaciones a su antíguo domicilio, no las recibe, salen en el BOE y se da por definitiva la liquidación sin permitirle presentar gastos (se establece como incremento patrimonial la totalidad del precio ce venta sin descontar el de adquisición). Cuando se inicia el embargo de la pensión, solicita las notificaciones a su nombre, habiendo en este segundo momento prescrito ¿Son aplicables a los tributos las sentencias del tribunal Constitucional relacionadas con la notificación de multas? De negar la AT este derecho, producida la alegación...¿Podría solicitarse la nulidad de esta resolución de la Agencia Tributaria ante el Ministerio de Economía y Hacienda?
Enviado por: Aurora Gil (09:22 26/10/2009)

En primer lugar, habría que analizar en que fase del proceso nos encontramos, qué posibilidades de recurso hay y ante qué órgano podría plantearse el tema. La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, prevé en su Título V los procedimientos de revisión de los actos, actuaciones y sanciones de aplicación de los tributos, siendo los medios de revisión, el procedimiento especial de revisión, el recurso de reposición o la reclamación económico-administrativa. Por otra parte, si nos encontramos ya ante un acto firme en vía administrativa, el mismo será susceptible de recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente. Identificado, en su caso, el recurso procedente y el órgano a quien dirigirse, puede alegarse todo lo que se estime procedente y apelar a la jurisprudencia que resulte aplicable al caso, independientemente del órgano del que proceda. Por último, y en relación con la posible nulidad de las notificaciones a que hace referencia, indicar que la Ley General Tributaria establece que la Administración Tributaria debe efectuar dos intentos de notificación en el domicilio fiscal del contribuyente, o en su lugar de trabajo, o en donde se desarrolle la actividad económica o en cualquier otro lugar adecuado a tal fin. Si estos intentos no son factibles, se deberá notificar a través de la publicación en el Boletín Oficial. En este caso, se entenderá por notificado el acto administrativo a todos los efectos legales transcurridos 15 días desde el día siguiente a dicha publicación sin comparecencia del obligado tributario. Asimismo, y en relación con la debida diligencia que debe mostrarse por parte de la Administración Tributaria, la normativa prevé también la obligación del contribuyente a comunicar a la Administración Tributaria su domicilio fiscal o su cambio, en la forma y términos establecidos reglamentariamente, en el plazo máximo de 3 meses a partir de la fecha que motiva la comunicación.

Gano 80.000 euros vía dividendos. Es mi renta principal¿Me interesa hacerme residente de otro país europeo con tratado de doble imposición con España? ¿De cual?
Enviado por: Alejandro Benjumea (09:22 26/10/2009)

En primer lugar, a efectos de determinar la posible consideración a efectos de residencia en un determinado país, hay que atender a la legislación así como a los convenios de doble imposición firmados entre España y ese país. En relación con la obtención de dividendos, la Ley del Impuesto sobre No Residentes recoge como hecho imponible sujeto a tributación en España la obtención de dividendos derivados de la participación en los fondos propios de sociedades residentes en España por parte de no residentes. En cuanto a la tributación de los dividendos percibidos por no residentes sin establecimiento permanente en España, como norma general, tributarán al 18% (19% en 2010 de acuerdo con el Proyecto de Ley). Ahora bien, a efectos de determinar la tributación en cada caso, también es necesario tener en cuenta lo establecido en los convenios para evitar la doble imposición firmados por España. En este sentido, el Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y el Patrimonio de la OCDE determina que los dividendos pagados por una sociedad residente en España a un residente de otro Estado, se podrán someter a imposición en ese otro Estado. Sin embargo, dichos dividendos podrán someterse también a imposición en España, pero si el beneficiario efectivo de los dividendos es residente del otro Estado contratante, el impuesto exigido no podrá exceder de determinados límites. Es decir, que la tributación de los dividendos percibidos puede existir en los dos países, el de nueva residencia y España (entendiendo que la compañía que los distribuye es española), existiendo mecanismos en los convenios firmados entre ambos países para que no se genere doble imposición. En cualquier caso, para un análisis con mayor profundidad sería necesario analizar los diferentes convenios aplicables para evitar la doble imposición, firmados por España, así como la legislación nacional de cada uno de ellos.

Buenos dias. tengo un plan de pensiones pero si lo rescato no lo puedo compativilizar con el sudsidio de desempleo eso me dicen en el inem ya si fuera el rescate mensual o el total ¿es cierto esto? gracias y muy amables.
Enviado por: tomas ruz huelves (09:22 26/10/2009)

El artículo 11.1 del Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones, el cual viene referido a las incompatibilidades entre aportaciones y prestaciones, establece que, con carácter general, no se podrá simultanear la condición de partícipe y la de beneficiario por una misma contingencia en un plan de pensiones o en razón de la pertenencia a varios planes de pensiones, siendo incompatible la realización de aportaciones y el cobro de prestaciones por la misma contingencia simultáneamente. Por tanto, se desprende que es incompatible la percepción de prestaciones por desempleo con el rescate de un plan de pensiones, ya que ello supondría la necesidad de cesar en la percepción de dicha prestación por desempleo. Asimismo, el artículo 9 del citado texto legal regula una serie de supuestos excepcionales de liquidez, en los cuales existe la posibilidad de hacer efectivos la totalidad o parte de los derechos consolidados en los planes de pensiones, entre los cuales viene recogido como tal el desempleo de larga duración. Se entiende como desempleo de larga duración el que reúne los siguientes requisitos: 1- Hallarse en situación legal de desempleo. 2- No tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, o haber agotado dichas prestaciones. 3- Estar inscrito en el momento de la solicitud como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo correspondiente. 4- En el caso de los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales y hayan cesado en su actividad, también podrán hacerse efectivos los derechos consolidados si concurren los requisitos establecidos en los párrafos 1 y 2 anteriores. En consecuencia, sólo cabe el rescate de un plan de pensiones cuando se agote la prestación por desempleo en sí misma.

Cuanto tiempo ,se necesita estar empadronado en Madrid, para poder liquidar alli, si son cinco años, me han dicho que ratificadome en el notario, podrian ser dos años. Perdon la pregunta es sobre el impuesto de sucesiones. Gracias
Enviado por: paco asensi (09:22 26/10/2009)

La normativa vigente reguladora de las medidas fiscales y administrativas del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, impone al heredero la obligación de liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en aquella Comunidad Autónoma (CA) donde el fallecido tuviese su residencia habitual el día del fallecimiento. Adicionalmente la aplicación de la normativa queda supeditada a la de la CA de la residencia habitual del fallecido durante los últimos cinco años. En caso contrario se aplicaría la normativa estatal. Así, partiendo del supuesto en el que el fallecido tuviera su residencia habitual en la Comunidad de Madrid, el beneficiario de la herencia deberá liquidar en dicha Comunidad el Impuesto correspondiente. Será de aplicación la normativa de la Comunidad de Madrid, si allí mantuvo el fallecido su residencia habitual durante los últimos cinco años. En caso contrario, se aplicaría la normativa estatal. Para las donaciones de bienes inmuebles, la misma normativa vigente impone al donatario la obligación de liquidar el ISD en aquella CA en la que se encuentren dichos bienes, siendo de aplicación también la normativa de dicha CA. Por el contrario, para las donaciones de los demás bienes y derechos, esta misma norma impone al donatario la obligación de liquidar el ISD en aquella CA donde tenga el donatario su residencia habitual el día en que se cause o celebre el acto o contrato. Adicionalmente, la aplicación de la normativa de la CA queda supeditada a que allí radicase la residencia habitual del donatario durante los últimos cinco años. En caso contrario, se aplicaría la normativa estatal.

Buenos días: Mi consulta es referente a un testamento. Mi padre falleció el 23 de septiembre y mis padres tenían un testamento de hermandad. Ahora nos han dicho en el INSS, que tienen que cambiar el testamento y hacer escrituras de la vivienda nuevas. Nosotros dábamos por hecho que con el testamento de hermandad, al fallecer mi padre su "parte" iba directamente a mi madre con una simple tramitación notarial, menos costosa que elaborar nuevas escrituras. Dado que vivimos en Navarra con un régimen diferente al del resto del Estado, no sabemos cuales son las mejores opciones que ahora tenemos, ni cuales serían los costes tanto notariales como tributarios a Hacienda. Gracias
Enviado por: José Ignacio Nicolay Jaso (09:22 26/10/2009)

Sin perjuicio de que desconozcamos el contenido del testamento y entendiendo que, en base a la figura del testamento de hermandad, su padre (de cuius) hubiera dejado a su madre (cónyuge supérstite) como dueña de todo el patrimonio familiar, bastaría con un documento privado a los solos efectos de liquidar, así como la obtención de los certificados de defunción y de últimas voluntades. Estos tres documentos se presentarían ante la Administración para la consiguiente liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. No obstante lo anterior, deberá tener en cuenta que su madre no podrá transmitir la vivienda al no haberse realizado el correspondiente cambio de titularidad de la misma en el Registro de la Propiedad, para lo cual sería necesario otorgar la pertinente escritura pública de partición hereditaria. Por otro lado, en cuanto a los costes tributarios que conllevaría dicha transmisión en Navarra, se deberá tener en cuenta que, según la normativa foral de Navarra, la base imponible en las adquisiciones mortis causa estará constituida por el valor neto de la participación del causahabiente en el caudal hereditario (valor real del inmueble menos cargas, deudas y gastos deducibles). Las adquisiciones mortis causa por cualquier título sucesorio, tributarán en función del grado de parentesco que exista entre el causante y el causahabiente. En este caso, se aplicará a la base liquidable, el tipo de gravamen del 0,80 por ciento por tratarse del cónyuge y de un descendiente en línea recta por consanguinidad.

Tengo un hermano (vivo) que quiere donarme un piso valorado aproximadamente en 120000 euros y 60000 euros en metalico, que cantidad de dinero tengo que pagar a hacienda. gracias por su respuesta
Enviado por: alfonso (09:22 26/10/2009)

En primer lugar, según la ley Estatal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD), para determinar el valor neto de los bienes que se van a adquirir, se debe minorar el valor real de éstos, en las cargas y deudas establecidas directamente sobre éstos, que además disminuyan su valor. No tienen la consideración de cargas deducibles, entre otras, las hipotecas, ya que no disminuyen el valor de los bienes. Una vez obtenido el valor neto, se deben practicar las reducciones que sean aplicables al caso concreto. La LISD estatal no establece ninguna reducción en el caso de donaciones de inmuebles y dinero en metálico. Así, aplicando la LISD estatal, si entendemos que el valor real de los bienes que va a recibir es de 180.000 Euros, dada su relación de parentesco, y teniendo en consideración que su patrimonio antes de la donación fuera inferior a 402.678 Euros, tendría que ingresar alrededor de 43.000 Euros. No obstante, puesto que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, es de vital importancia acudir a las leyes autonómicas para determinar la tributación de la operación. Para determinar la legislación autonómica aplicable, es imprescindible saber dónde radica el inmueble que va a ser donado, así como la comunidad autónoma dónde reside la persona que va a recibir la donación en metálico, ya que en la mayoría de las Comunidades existen reducciones y bonificaciones, que en función del grado de parentesco pueden llegar hasta el 99%.

Buenas tardes Que tratamiento tienen fiscalmente unos fondos de Inversión, que están en usufructo, cuando los mismos generan pérdidas, y a la hora de aplicar las minusvalías, existe el problema de a quien se le aplican, pues el código civil prehistórico que tenemos habla de los beneficios para el usufructuario, pero las pérdidas la soporta el nudo propietario, a esto se una la normativa de los fondos de inversión en materia fiscal, el IRPF, y la total ineptitud de la Agencia Tributaria para aclarar el tema, nos encontramos que los contribuyentes, que por favor, no nos podemos equivocar ni una coma, de lo contrario Acta, y sanción, no se sabe muy bien, ni ellos mismos por supuesto, a quien se le aplican las pérdidas. Yo, lo he estado cumplimentando, de la manera que cuando son ganancias, se le aplican al usufructuario las mismas, al nudo propietario a pesar de ser ganancias se generan minusvalías, pues las plusvalías se le imputan al usufructuario con lo que unido al valor de adquisición por sucesiones, al nudo propietario siempre se le generan minusvalías. Y cuando son minusvalías, yo las aplico al nudo propietario siempre
Enviado por: Luis Gutierrez (09:22 26/10/2009)

De acuerdo con el art. 94 de la Ley del IRPF, los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva (entre las que se encuentran los fondos de inversión) imputarán las ganancias o pérdidas patrimoniales obtenidas como consecuencia de la transmisión o reembolsos de sus acciones o participaciones en las mismas. La Administración Tributaria otorga el carácter de socio o partícipe a la persona del nudo propietario en aquellos supuestos en los que existe un derecho de usufructo sobre las referidas participaciones, basándose en lo dispuesto por la normativa civil aplicable. Es el rendimiento acumulado desde que se constituyó el usufructo, lo que le corresponde al usufructuario. En este sentido, en el caso de que con motivo de la transmisión o reembolso de las participaciones del fondo de inversión resultase una ganancia patrimonial, mientras que para el usufructuario, el rendimiento obtenido tendría la consideración de rendimiento de capital mobiliario, el nudo propietario sería el que se impute, por una parte una ganancia patrimonial por el importe total de la ganancia producida y, por otra parte, una pérdida patrimonial por el importe del rendimiento entregado por éste al usufructuario. Por el contrario, en el caso de que lo que se generase con la referida transmisión fuera una pérdida patrimonial, el nudo propietario debería imputarse la totalidad de la misma. A este respecto, cabe mencionar que, en el caso de que el momento de la adquisición del fondo por parte del nudo propietario no coincidiera con el de la constitución del usufructo (se adquiere en plena propiedad y posteriormente se constituye el usufructo), podría darse el caso hipotético de que pese a la pérdida imputable al nudo propietario, se generase un rendimiento para el usufructuario. Finalmente, cabe mencionar que, con carácter general, el rendimiento percibido por el usufructuario estará sujeto a retención al tipo del 18%, si el nudo propietario puede ser considerado como obligado a retener de acuerdo con la normativa del IRPF.

Buenos días: Para la CCAA de Castilla León, ¿Cuánto hay que pagar en concepto de impuesto de sucesiones? ¿Está previsto alguna modificación por parte del gobierno central? Lo digo porque tengo entendido que es un impuesto que gestionan las propias comunidades... Gracias por su respuesta Un saludo
Enviado por: Carlos (09:22 26/10/2009)

En las adquisiciones mortis causa o sucesiones (las donaciones se realizan inter vivos), están obligados al pago del impuesto los beneficiarios de la herencia o legado. Se toma como base imponible el valor neto de la participación individual de cada beneficiario en el caudal hereditario, entendiendo por tal el valor real de los bienes y derechos que formen el mismo minorado por las cargas o gravámenes, deudas y gastos que sean deducibles. El tipo de gravamen vendrá determinado en función del grado de parentesco con la persona fallecida y del patrimonio preexistente del beneficiario. Con respecto a la gestión por parte de las Comunidades Autónomas comentar que, si bien el Estado tiene potestad para modificar el impuesto ya que es el titular de sus competencias normativas, éste ha sido cedido a las Comunidades Autónomas, las cuales pueden regular sobre la materia o pueden optar por no hacerlo, en cuyo caso deben ceñirse a lo establecido por el régimen general, es decir, el estatal. Respecto a Castilla y León, se aplican determinadas reducciones establecidas por esta Comunidad Autónoma (por ejemplo, supuestos de discapacidad o en adquisiciones mortis causa de descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes, entre otras). Asimismo, existe una bonificación en la cuota del 99% siempre que el adquirente sea descendiente o adoptado, cónyuge, ascendiente o adoptante del fallecido.

En este Junio 2009,le pagué a la Junta de Andalicia 72.000 euros por la herencia recibida de mi hermano. ¿De cara a la próxima declaración de Hacienda IRPF,que repercusión puede tener?. Gracias.
Enviado por: Fernando (09:22 26/10/2009)

El gasto soportado por el pago de la cuota resultante de la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones no puede considerarse deducible en la liquidación del IPRF. Asimismo, y en cuanto a otras posibles repercusiones derivadas de la herencia recibida, indicar que los bienes heredados (dinero, bienes o derechos) pasarán a formar parte de su patrimonio personal, razón por la cual, los posibles rendimientos que se deriven de dichos bienes en el ejercicio 2009 (por ejemplo, intereses, en caso de depósitos bancarios, imputación de rentas inmobiliarias, para determinados inmuebles no alquilados, etc.) deberán incluirse en su declaración del IRPF a efectos de determinar la cuota a ingresar o a devolver.

buenos dias, si un valor te regala acciones, son declarables o no. Una hipoteca son declarables los seguros de vida y hogar viculados, y el ibi. gracias
Enviado por: jesus (09:22 26/10/2009)

Entendemos que la primera pregunta se refiere a si la percepción de un dividendo en especie (en forma de acciones) tributa en sede del socio persona física. La percepción de un dividendo en especie tiene la consideración de retribución en especie del capital mobiliario. En este sentido, el titular del rendimiento debe incluir en su base imponible la valoración del rendimiento en especie más el propio ingreso a cuenta, salvo que su importe se le hubiera repercutido. Con respecto a la imputación temporal del mismo, téngase en cuenta que el mismo deberá imputarse al periodo impositivo en que dichos dividendos sean exigibles. En relación con la segunda pregunta, entendemos que la misma se refiere a si se pueden incluir dichas partidas como mayor base de la deducción por la adquisición de la vivienda habitual. Al respecto cabe mencionar que podrán formar parte de la base de la deducción todas aquellas cantidades satisfechas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual que hayan corrido a cargo del adquirente. Los gastos más usuales son: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, IVA, gastos de notaría y registro, las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios, siempre que estén incluidos en las condiciones de los préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, etc. De este modo, si formarán parte de la base de la deducción, las primas de los contratos de seguro de vida, incluidos en las condiciones de los préstamos hipotecarios. No obstante, no formarán parte de la base de la deducción el importe pagado en concepto de IBI por no tener la consideración de gasto o tributo originado por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.

El próximo año me vence mi plan de pensiones y mi intención es cobrar el capital íntegro de una sola vez. Siendo minusvalido en un porcentaje del 65%, ¿tiene alguna desgravación fiscal? Gracias.
Enviado por: julio lira (09:22 26/10/2009)

En virtud de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (en adelante, IRPF), las prestaciones derivadas de planes de pensiones tributan en sede del IRPF como rendimientos del trabajo. En caso de que estos rendimientos hubiesen sido generados en un plazo superior a dos años, el contribuyente podría beneficiarse de una reducción del 40% por la parte de la prestación que correspondiese a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, inclusive. Por otro lado, estos rendimientos formarán parte de la renta general del impuesto por lo que tributarán según la escala general de gravamen. Asimismo, en relación con las posibles ventajas que pudiesen ser de aplicación por el hecho de sufrir una minusvalía, la Ley del IRPF establece una reducción adicional al mínimo personal existente para todos los contribuyentes que ascienda a un valor de 7.038 euros para las personas con una minusvalía igual o superior al 65%, siempre y cuándo la citada minusvalía pueda ser acreditada. En este sentido, recordamos que las comunidades autónomas están capacitadas para regular posibles incentivos fiscales adicionales, por lo que sería conveniente acudir a lo dispuesto en la normativa autonómica para la comunidad autónoma en la que usted sea residente fiscal.

Buenos dias. Soy hijo unico y mi madre vive en su vivienda habitual que esta escriturada a nombre de ella y de mi padre que fallecio hace mas de 20 años. En su momento solo se pidio el certificado de ultimas voluntades, puesto que tenian testamento de uno al otro, pero no se hizo nada. Mi pregunta es que me recomiendan ahora, solucionarlo antes de que falte mi madre o esperar a que ella falte y despues solucionarlo todo , teniendo en cuenta que vivimos en Catalunya?.Mi madre desea hacerme ya la donación de su piso en vida, pero no se si es lo recomendable. Muchas gracias.
Enviado por: (09:22 26/10/2009)

De acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones vigente a fecha de hoy, la transmisión en vida de la vivienda habitual de padres a hijos estaría sujeta a tributación a un tipo de gravamen entre el 5 y el 9%, con una reducción del 95% sobre el valor del bien inmueble, con un máximo de 60.000 como importe de la reducción. Dicha reducción requiere, entre otros condiciones, que: i) el donatario tenga un edad de 32 años o menos; ii) la donación se formalice en escritura pública en la que conste que el inmueble se destinará a la vivienda habitual del donatario y iii) que la base imponible de la última declaración de IRPF del donatario, menos el mínimo personal y familiar, no sea superior a 30.000 euros. Por otro lado, en el caso que la transmisión se realizara vía sucesión la misma quedaría gravada a un tipo de impositivo comprendido entre el 7 y el 32 %., con una reducción del 95% con el límite de 500.000 euros por el valor conjunto del inmueble. Por último, el plazo de prescripción de 4 años del que dispone la Administración para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones derivado de una sucesión empieza a contar desde el día a siguiente al de la finalización del período voluntario de presentación, esto es, de 6 meses desde la fecha del fallecimiento.

Soy un ciudadano de la Comunidad Valenciana. Mi pregunta es la siguiente: En qué me va a influir en la próxima declaración del IRPF las novedades sobre el mismo impuesto. Soy pensionista y por invalidez permanente(33%). Respecto a las sucesiones me interesa saber en qué medida me van a afectar a la hora de transmitir algún inmueble a mis hijos. teniendo en cuenta que tienen una antiguedad que se remonta al año 1983. Gracias. Atentamente, José Alfonso Puerta.
Enviado por: José Alfonso Puerta Lojo (09:22 26/10/2009)

El proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, pendiente de aprobación por las Cortes Generales, introduce modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que surtirán efectos a partir de 1 de enero de 2010, salvo la nueva reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo, que será de aplicación a partir de enero de 2009. Así, este proyecto de ley introduce reformas de carácter general que afectan al conjunto de los contribuyentes y que no son de aplicación en la declaración del Impuesto del ejercicio 2009. Las reformas más destacables son la supresión de la deducción de hasta 400 euros por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas y la elevación del tipo de gravamen de las rentas del ahorro, que hasta el 2009 es del 18% y que a partir de 2010 será del 19% hasta 6.000 euros de rentas y del 21% de 6.000,01 euros en adelante. Por otro lado, respecto de la transmisión de inmuebles a los descendientes y su afección al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cabe destacar que mediante Ley 10/2006, de 26 de diciembre, la Comunidad Valenciana introdujo en su Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, una bonificación del 99% de la cuota tributaria del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para, entre otras, las adquisiciones inter vivos efectuadas por los padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante, que tengan un patrimonio preexistente de hasta 2.000.000 euros y su residencia habitual en la Comunidad Valenciana a fecha de devengo del impuesto, con un límite máximo de bonificación de 420.000 euros. Por último, hay que destacar que en la tributación por IRPF del donante se producirá una ganancia patrimonial que deberá tributar, si bien podrá acogerse a importantes reducciones dada su antigüedad.

Hola, Hasta donde tengo entendido, el impuesto de sucesiones es competencia de las Comunidades Autónomas. ¿Puede el gobierno central modificarlo? ¿También en las Comunidades gobernadas por el PP? Gracias por la respuesta
Enviado por: Lucas (09:22 26/10/2009)

La Ley 21/2001, de 27 de diciembre, establece que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas (CCAA). Pero el hecho de que sea un tributo cedido no significa que la titularidad de las competencias normativas corresponda a las CCAA. Es decir, es el Estado a quien corresponde la titularidad de las competencias normativas de gestión, liquidación, recaudación e inspección, así como la revisión de los actos dictados en vía de gestión de dicho impuesto. Otra cosa diferente es que las CCAA, por delegación del Estado, se hagan cargo de los procedimientos anteriormente expuestos. En concreto, las CCAA, siempre y cuando se ajusten a lo establecido por las normas estatales y su Estatuto de Autonomía, podrán asumir competencias normativas sobre los siguientes aspectos del impuesto: reducciones de la base imponible, tarifa del impuesto, cuantías y coeficientes del patrimonio preexistente, y deducciones y bonificaciones de la cuota. Adicionalmente, podrán regular los aspectos de gestión y liquidación. En el caso de que una Comunidad Autónoma no hiciera uso de estas competencias normativas se aplicará, en su defecto, la normativa del Estado. En consecuencia, el Estado sí tiene potestad para modificar este impuesto, ya que es el titular de sus competencias normativas, todo ello independientemente del partido político que gobierne en las diferentes CCAA.

Las aseguradoras pagaron 4.800 millones en reparaciones de daños materiales de vehículos en 2008


MADRID, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -


Las entidades aseguradoras pagaron durante el pasado ejercicio 4.800 millones de euros en reparaciones de daños materiales de los vehículos de sus clientes, según un estudio presentado por Gt Motive en el marco del IX Congreso y Asamblea General de la Asociación de Peritos de Seguros y Comisarios de Averías (APCAS) en Pamplona.

Según datos de la Dirección General de Seguros y de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras de la Asociación Empresarial del Seguro (Unespa), el pago realizado por las aseguradoras en 2008 en materia de reparación de vehículos representa el 60% del total de pagos de estas entidades.

Por ello, dichas organizaciones señalaron la necesidad de la existencia de "buenos profesionales" que gestionen la relación entre las compañías de seguros, la empresas de 'renting' y los talleres de una forma eficiente y satisfactoria para todas las partes.

La encuesta ha recogido la opinión de peritos, talleres, compañías aseguradoras y de 'renting' sobre las aptitudes que debe tener un perito "excelente". Los aspectos más valorados fueron la imparcialidad, la objetividad y la preparación técnica a la hora de realizar un trabajo.

El informe elaborado por Gt Motive sugiere a APCAS que ayude a sus asociados a mejorar en aspectos como la responsabilidad, la imparcialidad, la objetividad o la organización, como aspectos clave para lograr la excelencia.

Marsh propone adaptar el seguro de Crédito a cada asegurado

La insistente morosidad sigue siendo una de las principales preocupaciones de las empresas. Para explicar las perspectivas del seguro de Crédito y las soluciones empresariales más eficaces, Marsh organizó en Valencia la jornada `Morosidad. Perspectivas y soluciones innovadoras´. Joaquín Monforte, director de Marsh en Valencia, señaló que `aunque el Crédito clásico sigue aportando cobertura, es bueno resaltar que hay opciones para diseñar un traje a medida que nos permita adaptar la cobertura a las necesidades de cada empresa y no ceñirnos a productos tradicionales paquetizados´.


FUENTE CARTA DEL MEDIADOR

El beneficio neto de Mutua Madrileña crece un 32% hasta septiembre, con 192 millones de euros

FUENTE (EUROPA PRESS) -

Mutua Madrileña obtuvo un beneficio neto de 192,8 millones de euros en los nueve primeros meses, lo que supone un crecimiento del 32% respecto a los 145,8 millones de euros del mismo periodo del ejercicio anterior, informó hoy la aseguradora.

Entre enero y septiembre, Mutua logró 131.986 nuevas pólizas, un 71,3% más que en el mismo periodo del año anterior, lo que consolida el cambio de tendencia iniciado a finales del pasado año y confirma el éxito de la política puesta en marcha por la compañía con el Plan Estratégico 2009-2011, destacó la entidad.

Dicho cambio de tendencia se refleja en la evolución del saldo neto del número de pólizas de Mutua Madrileña en sus diferentes ramos, que registraron un crecimiento neto positivo de 34.507 pólizas en los meses transcurridos de 2009, frente a la pérdida de 25.352 en el mismo periodo de 2008.

La compañía atribuyó los beneficios obtenidos a la buena evolución de sus inversiones financieras, especialmente a las realizadas en el último trimestre. No obstante, dada la actual volatilidad de los mercados bursátiles, la compañía ve difícil que los beneficios de esta naturaleza sean "sostenibles" durante el último trimestre del año.

Los ingresos por primas fueron de 829,8 millones de euros durante los primeros nueve meses del año, un 2,9% menos que en 2008, cuando alcanzaron los 854,5 millones de euros.

DESCENSO DE INGRESOS POR REDUCCIÓN DE TARIFAS.

Este descenso se enmarcó dentro de la estrategia de reducción de tarifas llevada a cabo por Mutua a finales de 2008 y comienzos de 2009, junto con el refuerzo de la reversión de beneficios hacia el mutualista, y que ha supuesto que este año disminuya el coste de las primas de los mutualistas, que oscila entre un 5% y un 15%.

En el ramo de 'autos', los ingresos disminuyeron un 4%, mientras que en la media del sector se redujeron un 6,2%. Por lo tanto, a pesar de la rebaja de tarifas, la disminución de los ingresos fue limitada gracias al incremento de la contratación de pólizas en los nueve primeros meses del año.

Así, el ratio de solvencia 'no vida' de Mutua Madrileña se situó en el 1.944%, 19 veces el mínimo exigido por la Ley, mientras que los fondos propios ascendieron a 3.138 millones de euros. Estas cifras evidencian la sólida capitalización y solvencia de la compañía, factores especialmente importantes en el entorno económico actual.

El objetivo final del Plan Estratégico 2009-2011 no busca maximizar los márgenes de la aseguradora a través de los mutualistas, sino mantener o reducir los costes que deben soportar sus asegurados mediante unas tarifas ajustadas o la inclusión de nuevos servicios sin aumento de precio, explicó la compañía.

Un ejemplo de esta política es la puesta en marcha del compromiso de puntualidad por el que Autoclub Mutua, el servicio gratuito de asistencia en carretera, se compromete a acudir al lugar del percance en un periodo máximo de una hora desde la solicitud de asistencia, garantizando en caso contrario el pago de 100 euros.

Catalana Occidente reduce beneficio 36,2% a septiembre



Fuente: Reuters


MADRID, 29 oct . - Catalana Occidente dijo el jueves que su beneficio neto atribuible del primer semestre cayó un 36,2 por ciento a 84,1 millones de euros, lastrado por la crisis financiera, que ha aumentado la siniestralidad en su división de seguros de crédito.

La aseguradora catalana tuvo pérdidas en su resultado técnico después de gastos --resultado puramente asegurador, es decir primas que cobra, menos los siniestros y los gastos operativos-- de 36 millones de euros, frente a unas ganancias de 56,4 millones de euros hace un año.

Las primas facturadas por la aseguradora, que había comunicado anteriormente que los resultados se difundirían al mediodía del 4 de noviembre, cayeron un 5,1 por ciento a 2.304 millones de euros, mientras que el total de ingresos se redujo un 4,8 por ciento a 2.727,9 millones.

La crisis económica y financiera lastró los resultados de su filial crediticia Crédito y Caución, que controla Atradius, segunda aseguradora mundial de crédito.

La división de seguro de crédito tuvo un beneficio de 10 millones en el tercer trimestre, pero en el acumulado de nueve meses arrastra pérdidas de 94,9 millones de euros.

En esta área de seguros de crédito, el ratio combinado se situó en el 115,8 por ciento, por debajo del 121,7 por ciento de tres meses antes. En esta medida de rentabilidad, un nivel superior al 100 por ciento supone que la compañía gasta más de lo que recibe por las primas.

El ratio combinado general fue del 102,9 por ciento, frente al 106,2 por ciento de junio.

El negocio del grupo se benefició de las medidas tomadas para reconducir la situación en el área de crédito comercial, con una reducción de su exposición al riesgo y un aumento de los precios.

Del resto de negocios, tres de ellos experimentaron mejorías en sus resultados, con un aumento del 14,2 por ciento en multirriesgos, del 1,5 por ciento en seguros diversos y del 6,1 por ciento en vida.

Por contra, la crisis redujo un 5,6 por ciento los ingresos y un 6,5 por ciento los resultados en automóviles.

En cuanto a los riesgos que planean sobre su negocio, Catalana destacó entre otros la incertidumbre en la evolución de los niveles de morosidad entre sus clientes y el posible descenso en el valor de los inmuebles que posee, y por lo tanto en la solvencia global del grupo.

Además, Catalana recordó que los socios minoritarios de Atradius pueden ejercer una opción de venta de sus acciones a partir del 1 de enero de 2010.

(Información de Tomás González; editado por Carlos Ruano)

Fuente invertia

jueves, 29 de octubre de 2009

Detenida una joven que denunciaba falsos robos para estafar al seguro


28.10.09 - 20:08 - EFE

El Cuerpo Nacional de Policía ha detenido a una joven de 26 años que había presentado varias denuncias de robos falsos con la intención de estafar a su compañía de seguros y cobrar así una cantidad económica.
La detención se ha producido gracias a la investigación iniciada tras la última denuncia presentada por la joven, a principios de octubre, ya que los agentes detectaron una serie de datos contradictorios que demostraban que los hechos nunca tuvieron lugar.
En la denuncia, la joven relataba que había sido víctima de un robo con fuerza cuando transitaba por la avenida Joaquina Eguaras, donde supuestamente fue abordada por dos jóvenes que iban a bordo de un ciclomotor y que le robaron el bolso sin causarle lesiones.
La detenida había cambiado la versión de lo ocurrido, asegurando que había sufrido un tirón, después de saber que la compañía no le cubría el hurto.
La joven había presentado previamente cuatro denuncias más desde 2006 en las que aseguraba haber sufrido el robo de una cantidad económica que, en muchos casos, coincidía con el máximo que la compañía le aseguraba.

Fuente ideal.es

La recaudación por el Impuesto sobre Primas de Seguro cae un 6,8%

Por Redacción - 28/10/2009

El Estado ingresó en el mes de septiembre 241 millones de euros a través del Impuesto sobre Primas de Seguro, lo que supone un 4,7% menos que en el mismo mes del año anterior. Así, de acuerdo a las estadísticas facilitadas ayer por el Ministerio de Economía y Hacienda, la recaudación por este impuesto en el acumulado de los nueve primeros meses del año se situó en 1.070 millones de euros, un 6,8% menos.

La Seguridad Social logra un superávit de 12.015 millones de euros

Por otra parte, el Ministerio de Trabajo e Inmigración ha hecho pública la ejecución presupuestaria a septiembre de 2009 de las cuentas de la Seguridad Social, que presentan un saldo positivo de 12.015,63 millones de euros en los nueve primeros meses del año, frente a 17.273,75 millones de euros obtenidos en el mismo periodo del ejercicio anterior. En términos del PIB, el superávit obtenido por la Seguridad Social a finales de septiembre representa el 1,14%.

A pesar de que los gastos presentan un crecimiento del 6,15%, el crecimiento es inferior al que se venía produciendo los meses anteriores; además, la caída de los ingresos sigue moderándose, presentando una ligera disminución del 0,60% interanual. "El control de los gastos corrientes, la disminución del gasto en Incapacidad Temporal, la mejora relativa en el incremento de los ingresos por cotizaciones sociales y una cierta disminución del conjunto de los gastos del sistema hacen que el superávit siga creciendo", confirma el Ministerio.

www.inese,es

miércoles, 28 de octubre de 2009

La venta del negocio de seguros de ING genera incertidumbre


Publicado el 27-10-2009 , por E.P.D.

S&P ha rebajado la calificación del seguro de ING de A hasta A-2, tres escalones por debajo de la que tiene el Reino de España, y ha mantenido la del grupo (A) y la de ING Bank (A+).


El deterioro del ránting se produce un día después de que el banco holandés anunciará su reestructuración, que incluye la venta de su negocio de seguros y pensiones, canalizado por ING Verzekeringen, en los próximos cinco años.

S&P argumenta su castigo por la incertidumbre que se cierne sobre el proceso de enajenación, con especial incidencia en ciertas filiales, que no especifica. Añade que en función de la evolución que siga este proyecto podría rebajar más el ráting si lo considera necesario.

ING frenó ayer la caída en bolsa, perdió un 6,05% tras dejarse un 18% este lunes con la pérdida de 5.000 millones de capitalización. El negocio asegurador, tanto de vida como de generales, de ING se estructura en tres áreas: Europa, América y Asia. En el Viejo Contienente, además de en Holanda y Bélgica, tiene presencia en varios países del Este.

En España cuenta con un grupo que en 2008 alcanzó un volumen de primas de 580 millones y una gestión de ahorro en seguros de vida de 2.840 millones. En América cuenta con actividades en Chile, Perú y EEUU. En Asia está en Australia, Nueva Zelanda y Japón.

ING Verzekeringen tuvo el año pasado unas pérdidas de 1.726 millones, debido en gran medida a las caída del valor de sus inversiones por la crisis bursátil internacional. El volumen de primas del grupo fue en 2008 de 43.812 millones. El grupo afirma que no tiene prisa por materializar la venta prevista y que tratará siempre de lograr los mejores precios. La operación deberá perfilarse a medio plazo y no se descarta que se ejecute mediante la salida a bolsa de este negocio.

La búsqueda de un comprador tampoco se rechaza, pero, a priori, no hay muchos grupos con capacidad suficiente para abordar una adquisición de este tamaño. La última gran compra de este sector en Europa se produjo en 2006 y fue también para separar el negocio de seguros (Winterthur) de su matriz bancaria (Credit Suisse) con la venta a la francesa Axa por 7.900 millones de euros. Esta entidad gala ha anunciado su interés en crecer en el seguro internacional y el año pasado ya compró el negocio asegurador de ING en México por 1.070 millones de euros.

Antes de anunciarse la operación del banco holandés, en el mercado ya se barajaba la posibilidad de que Axa haga una oferta por parte de los activos de la aseguradora estadounidense AIG, también intervenida por su Gobierno.
Por otra parte, ayer la aseguradora francesa Groupama anunció ayer que está dispuesta a ampliar su capital para financiar su crecimiento externo. Es una de las claves de su plan estratégico para 2010 y 2012.

FUENTE EXPANSIÓN.ES

Grupo Crèdit Andorrà expande línea de seguros en España con delegación Palma

Barcelona, Fuente (EFE).- El grupo Crèdit Andorrà continúa el proceso de expansión de su ámbito asegurador en España con la apertura de tres nuevas delegaciones en Palma, Tarragona y Sevilla, a través de su holding ERM, según ha informado hoy la entidad en un comunicado.

ERM forma parte del grupo Crèdit Andorrà desde 2008, cuando la entidad financiera adquirió el 76% de su accionariado y abrió una delegación en Barcelona, ya que hasta entonces sólo estaba presente en Girona.

Con las nuevas aperturas en Tarragona, Palma de Mallorca y Sevilla, ERM pretende expandir en el mercado español su gestión integral de riesgos.

La actividad de ERM se concentra en la identificación, evaluación y tratamiento de riesgos con el objetivo de preservar adecuadamente los activos de las empresas frente a posibles contingencias, y opera a través de su línea de consultoría y de su línea de seguros.

El grupo asegurador de Crèdit Andorrà se creó en 1995 con Crèdit Assegurances para operar en Andorra, a través de ERM lo hace en el mercado español y también tiene filiales en Panamá y Uruguay. EFE

martes, 27 de octubre de 2009

Las constructoras acusan a las aseguradoras de amenazar su supervivencia al rechazar el 80% de las pólizas de crédito


M.?Á.?R. 27/10/2009

La asociación de empresarios de la construcción de la provincia de Pontevedra (APEC) encendió ayer una nueva luz de alarma en la crisis que atenaza al sector desde hace ya casi dos años. Esta vez no es la falta de clientes ni las restricciones de las entidades financieras para aprobar créditos. Ahora son las compañías de seguros las que dan la espalda a las firmas del ladrillo, que ven así «amenazada» su supervivencia.
Según la APEC, las aseguradoras han rechazado el 80% de las pólizas de crédito de las constructoras en los últimos doce meses. Los empresarios denuncian que estas compañías no están haciendo distinciones entre las empresas dudosas y las solventes. «Se están negando coberturas a sociedades que nunca han estado en lista alguna de morosidad, sin haber devuelto nunca un pagaré y estando al día en el pago a los proveedores, nos tratan como empresas proscritas», comentan los portavoces de la asociación.
El problema no es exclusivo de Pontevedra, sino que afecta a toda Galicia, y las constructoras advierten de que muchas tendrán serios problemas al ver reducida su calificación de riesgo. «Sin seguros -dicen-, nos quedamos sin un instrumento clave para reducir el riesgo de impago».
Los constructores mostraron ayer su «total reprobación» hacia el comportamiento de las firmas de crédito y caución, «que hacen tabla rasa sin molestarse siquiera en analizar los estados financieros de las empresas».
Pérdida de empleos
La APEC subraya el peso del sector constructor en el PIB gallego pese a la crisis (cerca de un 12%) y recuerda que es superior al de otros ramos económicos considerados estratégicos, como es el caso de la industria naval o de la automoción.
Solo en la provincia de Pontevedra, el ladrillo da empleo directo e indirecto a cerca de 40.000 personas, una cifra que supera las 100.000 en toda la comunidad autónoma.
Los directivos de la asociación provincial creen que esta «restricción radical» de las aseguradoras de créditos pondrá en riesgo la continuidad de muchas empresas, con la consecuente pérdida de puestos de trabajo. Y califican el gesto como una «especie de puntilla» que se añade ahora a «las dificultades propias de la crisis nacional e internacional, al cierre de las facilidades bancarias, y la alta morosidad de las administraciones públicas».

Fuente www.lavozdegalicia.es

'la Caixa´ le planta cara a Mapfre por el primer puesto

Ignacio Aranguren.– 'la Caixa' está empeñada en convertirse -con el permiso de Mapfre, claro está- en el grupo asegurador más importante de España y en ello está. Primero se hizo con la totalidad de Caifor (hoy Segurcaixa), al comprar al grupo belga holandés Fortis -muy tocado por la crisis- la parte de capital que no estaba en su poder. Después, al comercializar ramos -como el del automóvil- en los que nunca antes había estado. Y lo último, por ahora, ha sido llegar a un acuerdo para quedarse con la totalidad del capital de Adeslas, la primera compañía del ramo de salud en España, a través de su filial Criteria Caixacorp, que es la sociedad holding del grupo catalán que cotiza en Bolsa.

Desde aquí habíamos contado hace tiempo el interés de 'la Caixa' por adquirir Adeslas, aseguradora de la que ya era socio a través de Corporación Aguas de Barcelona (Agbar), así como del interés de la compañía francesa Suez Environnment por quedarse con Agbar, de la que ya poseía una importante porción de su capital. Y, por fin, ahora han llegado a un acuerdo para intercambiar cromos. Adeslas para La Caixa y Agbar para Suez, y todos tan contentos. Por medio está el grupo de previsión social francés Malakoff Médéric, que era uno de accionistas importantes de Agbar , yq euy con esta operación se lleva la nada desdeñable cifra de 491 millones de euros.

'la Caixa pagará por Adeslas 1.178 millones, de los que 687 millones son por la parte de Agbar y 491 por la de Malakoff Médéric. El grupo catalán se quedará además con una parte del capital de Agbar que oscilará entre el 15 y el 25%, dependiendo del resultado de una oferta pública de compra de acciónes (opa) que lanzará la propia Agbar sobre el 10% de su capital que está en manos de accionistas minoritarios.

Como resultado final de toda esta complicada operación, que está previsto que se termine en el primer semestre del 2010, La Caixa, a través de su holding Criteria Caixacorp, será el segundo grupo asegurador de capital español y tercero en nuestro país. El volumen de primas conjunto de ambas entidades era a 30 de junio pasado de 2.292 millones y con una cuota de mercado del 6,84% (4,84% Segurcaixa y 2% de Adeslas). Además, el grupo La Caixa será el líder en España del seguro de salud (ahora lo es Adeslas en solitario), con 625 millones y el tercero en vida (tan sólo por detrás de Zúrich y Santander), con 1.536,36 millones y una cuota de mercado en este ramo del 10,46%.

Mapfre sigue siendo el primer grupo asegurador español con 4.100 millones de euros en primas en los seis primeros meses del año y en segundo lugar se mantiene Zúrich, con 3.070 millones. Eso sí, La Caixa desbanca al grupo galo Axa de la tercera posición, que se queda en 1.704 millones.

Dentro del sector hay quien quiere ver en todo esto un pulso que le está echando La Caixa a Mapfre para desbancarla del primer puesto del seguro español, aunque para que sea real, la aseguradora de la caja catalana todavía tiene que comer mucho y duplicar sus niveles actuales. En ello está.

Fuente http://www.capitalmadrid.info

Trabajo insta a la mutua Fremap a solventar irregularidades


• La entidad afirma que las anomalías están en fase de resolución

• La auditoría detecta 8.000 pacientes sin justificar y precios por debajo de las tarifas


Centro asistencial de Fremap en la calle de Balmes de Barcelona, ayer. Foto: julio carbóANTONI FUENTES
BARCELONA
El Ministerio de Trabajo ha requerido a la mutua de accidentes de trabajo Fremap la subsanación de las irregularidades detectadas en una auditoría y en los controles periódicos de las cuentas y la actividad de la entidad. Las anomalías se refieren a la falta de justificantes para unos 8.000 pacientes atendidos y al cobro de unos precios por debajo de las tarifas autorizadas a grandes empresas clientes.
El director geneal de Ordenación de la Seguridad Social, Miguel Ángel Díaz Peña, confirmó a este diario las irregularidades encontradas en Fremap y el envío de los requerimientos a la dirección de la primera mutua de accidentes de trabajo del país fruto de la mejora de los controles al sector. Por ahora, la respuesta de Fremap ha sido «satisfactoria» en la aportación de la documentación solicitada y el proceso de subsanación, según indicó Díaz Peña.

CONTROL EXHAUSTIVO / El Ministerio de Trabajo ha sometido al sector a un seguimiento exhaustivo tras los casos de malversación de fondos públicos en Mutua Universal –pendiente de juicio penal– y por la destitución de la cúpula de Mutua de Canarias.
La cifra de trabajadores atendidos en los hospitales y centros asitenciales de la entidad no cuadra con los partes de accidentes, por lo que las cuentas que presenta la mutua a la Seguridad Social tienen gastos sin justificar que la intervención general del Seguro ha reclamado.

ACCIDENTES SIN DECLARAR / Según explicó el secretario general de Fremap, Joaquín Revuelta, la discrepancia se debe a que algunas empresas clientes no declararon partes de accidentes de trabajo sin baja que requieren asistencia sanitaria para evitar futuras penalizaciones al sufrir un aumento de su índice de siniestralidad. «Hemos pedido esos partes a las empresas y el problema ya se ha solucionado en un 98% de los casos», afirmó Revuelta.
La reclamación de la Seguridad Social, que controla las mutuas al ser entidades colaboradoras, también se refiere a los precios rebajados que cobra Fremap a algunas grandes compañías. Para el secretario general de la mutua, el problema se debe a la «práctica habitual en el sector» de aplicar unos precios por debajo de la tarifa oficial a las empresas llamadas autoaseguradoras, es decir, que se gestionan ellas mismas la gestión de los accidentes laborales excepto la asistencia sanitaria.
La cantidad total que Fremap tendrá que devolver a la Seguridad Social dependerá de la solución final a esta discrepancia que la mutua intenta justificar ante Díaz Peña y su equipo. Aunque la inclusión en la lista de esos clientes con precios más bajos de la Comunidad de Madrid suscitó suspicacias políticas, el directivo de Fremap aclara que esa situación también se da en el resto de autoaseguradoras entre las cuales se encuentran multinacionales y que hasta ahora no había generado ninguna objeción del Seguro.

lunes, 26 de octubre de 2009

La venta de contratos de reaseguro sujeta y no exenta a IVA, según el TJCE

Usar el traductor de la derecha

The European Court of Justice on October 22 issued its judgment in Swiss Re Germany Holding GmbH v. Finanzamt München für Körperschaften (C-242/08), holding that VAT is due on the sale of reinsurance contracts. The ruling marks a reversal of usual industry practice and may have a major negative impact on the cash flow of those selling reinsurance and insurance contracts.

The case centered on the sale of reinsurance contracts by Swiss Re, a German company, to another company established in Switzerland that belonged to the same corporate group. At the time, the German tax authorities considered the transaction a supply of service subject to a 19 percent German VAT.

In his May 13 opinion in the case, Advocate General Paolo Mengozzi wrote that the transfer of a reinsurance contract in some cases does not qualify as an insurance transaction for the purposes of articles 9 and 13 of the Sixth VAT Directive but rather is a supply of services and is not VAT-exempt.

The ECJ agreed with Mengozzi's opinion, holding in favor of the German tax authorities that the sale of reinsurance contracts is not an exempt supply and that VAT is payable. Because the ECJ is the final court of appeal on European VAT issues, its judgment means that this new interpretation applies to all EU member states.
This is hugely important, as the insurance industry has been for the most part treating this as a tax-exempt supply. Also, the decision may not be limited to reinsurance and could be interpreted as applying to insurance and other contracts.
The insurance industry is advised to urgently review the structuring of any relevant sales, including past transactions that may be caught in this new ruling.
Fuente: Tax Analysts
Fuente en españa: http://spanishtaxes.blogspot.com

ING anuncia ampliación para devolver los fondos del Estado


BMSlunes, 26 octubre 2009, 09:23
Ampliará capital en 7.500 millones y desinvertirá en el negocio de seguros
ING GROEP CVA

Añade las cotizaciones a tu web ING ha abierto la jornada con caídas del 4% tras anunciar que ampliará capital en 7.500 millones de euros mediante la venta de acciones y la desinversión en su negocio de seguros. Quiere obtener liquidez para devolver los fondos que le prestó el gobierno el pasado año, y que ascendían a 10.000millones de euros.

La intención de la entidad holandesa pasa por vender dicha unidad bien a través de OPV, bien a través de venta directa o combinación a lo largo de los próximos 4 años, según ha confirmado la propia compañía en un comunicado de prensa.

Recordemos que ING alcanzó un acuerdo con el Estado holandés para alterar las condiciones de devolución del préstamo y planea repagar 5.000 millones. El resto de pagos serán financiados, tal y como hemos comentado anteriormente.

Además, la entidad ha comentado que podría obtener un beneficio neto en el tercer trimestre, y sin extraordinarios, de 750 millones, frente a la pérdida de 568 millones obtenida en el mismo periodo del año anterior.

Fuente bolsamania.com

Beneficio Mapfre +4% a septiembre, nota crisis España


Fuente: Reuters

MADRID, 26 oct . - El grupo Mapfre anunció el lunes un incremento de su beneficio neto del 3,9 por ciento hasta 743,4 millones de euros de euros en los primeros nueve meses gracias a su negocio exterior, mientras en España la aseguradora empezó a notar la debilidad de la economía.

Los ingresos de Mapfre, que quiere superar este año una facturación de 18.500 millomes de euros, crecieron un 9,9 por ciento a 14.350 millones de euros.

Las primas aumentaron un 11,6 por ciento a 11.902 millones de euros gracias en gran parte a la compra el año pasado de la aseguradora estadounidense Commerce Group, que aportó más de 900 millones de euros.

En España, sin embargo, las primas bajaron un 0,5 por ciento a 6.227 millones de euros.

Mapfre Familiar bajó sus primas un 4,2 por ciento y Mapfre Empresas, un 4,0 por ciento.

"Debilidad de los resultados de No Vida, especialmente en la parte de España", dijo el broker Banesto en una nota a sus clientes.

En la bolsa, las acciones de Mapfre bajaban a primera hora de la tarde un 3,46 por ciento a 3,206 euros en un mercado estable.

Juntos con las cuentas, Mapfre anunció el pago de un dividendo a cuenta de los resultados de 2009 de 0,07 euros/ por acción, con lo que el dividendo total pagado en 2009 sumará 0,15 euros/acción (+7,1 por ciento).

La aseguradora agregó que ofrecerá reinvertir el dividendo en acciones de la compañía a un precio de 3,151 euros por acción. Para dar cobertura a este plan, el consejo de administración de Mapfre acordó ampliar capital mediante la emisión de hasta 52 millones de acciones.

(Información de Robert Hetz; Editado por Tomás González)

invertia.com

domingo, 25 de octubre de 2009

La Caixa potenciará su segmento de seguros con pymes y autónomos



Publicado el 25-10-2009 , por E. del Pozo. Madrid

La Caixa ha puesto en marcha un plan para aumentar la venta de seguros dirigido a pymes y autónomos, áreas que considera estratégicas. La entidad concretará el proyecto antes de final de año y lo estrenará a partir de 2010.


El proyecto incluirá al seguro de salud a través de Adeslas, cuya compra firmó el jueves pasado por 1.178 millones de euros. El negocio de salud de empresas ha mostrado especial dinamismo en los últimos años, si se compara con el de particulares, debido al incentivo fiscal que tienen las empresas que lo contratan para sus empleados.

La caja comenzará también en los próximos meses a diseñar la incorporación de Adeslas en Segurcaixa Holding, que se materializará en la fusión de la aseguradora de salud, que mantendrá su marca con la filial Segurcaixa, que canaliza los seguros generales de la caja. La entidad pondrá en marcha los mecanismos necesarios para realizar la venta cruzada de productos entre los asegurados de Adeslas y los clientes de La Caixa, tres millones en cada caso.

La fusión de Segurcaixa y Adeslas presenta escasas sinergias negativas, entre las que figura, por ejemplo, el área financiera. En cambio cuenta con actividades totalmente complementarias, como ocurre con la gestión de hospitales que realiza Adeslas y en la que la caja no prevé realizar cambios.
Adeslas tiene el 51% de la sociedad que administra el hospital público valenciano de Alzira, mientras que Bancaja y CAM poseen a partes iguales el restante 49%. Las oficinas de ambas aseguradoras tampoco presentan duplicidades, ya que Segurcaixa tiene mayor presencia en Cataluña y Baleares, al contrario que Adeslas.

La materialización de la compra de Adeslas, que se realizará a través de Criteria, se cerrará a mediados del próximo año y, para entonces, el plan estará ya perfilado. Adeslas habrá terminado la fusión puesta en marcha con su filial Colegial Médico Quirúrgico para lo que realizará una ampliación de capital de 11.250 euros. Esta es la última operación de La Caixa para reforzar su posición en el seguro, lo que supone una estrategia contraria a la seguida por el resto de la banca que se ha desprendido o se quiere desprender de su actividad aseguradora para obtener liquidez y fondos que aumenten su capital.

La Caixa invirtió 900 millones en la compra del 50% de negocio de seguros al grupo holandés Fortis que fue su socio hasta 2007. El año pasado desembolsó 600 millones por el negocio de banca privada de Morgan Stanley que incluía fondos de pensiones que se integraron en Vidacaixa que es aseguradora y gestora de fondos de pensiones.

La Caixa cuenta con un volumen de primas de 2.316 millones en el primer semestre del año si se añade a Adeslas y gestiona 28.500 millones en seguros y pensiones.

Banca March cede negocio de coches a la caja
La Caixa y Banca March son socios en la correduría de seguros GDS, con un 67% y un 33% del capital respectivamente. Este bróker trabaja como intermediario en seguros industriales comercializados por la caja y colocados en aseguradoras que asumen este tipo de riesgos en el que de momento La Caixa no está. GDS distribuye también seguros de coches para los empledos de la caja y asumidos por otras compañías, pero tras la entrada de Segurcaixa en este negocio, GDS canaliza estas pólizas a la filial de la caja cuando llegan a su vencimiento.

Fuente expansion.es

Los 'bonos de la muerte' resucitan


Las grandes firmas de Wall Street promueven la titulización de seguros de vida - La rentabilidad es mayor cuanto antes mueren los asegurados

RAMÓN MUÑOZ - Madrid - 25/10/2009


¿Quién dijo que el capitalismo financiero había muerto con la recesión? No sólo no ha muerto, sino que es capaz de utilizar la muerte como la principal garantía de un novedoso y controvertido producto de inversión que ya estudian las principales firmas de Wall Street. Técnicamente se llama Life Settlement Securitizations o titulización de seguros de vida, aunque en el mercado se conocen como los bonos de la muerte. Deben ese macabro nombre a que su rentabilidad depende de que la esperanza de vida del propietario de la póliza sea corta. Así, como suena: cuanto antes muera el asegurado, mayor es la rentabilidad del bono.


En España, estos productos están estrictamente prohibidos

El mercado potencial en EE UU es de unos 300.000 millones de euros

Su funcionamiento es relativamente sencillo. El titular de un seguro de vida que pasa por apuros económicos o quiere disfrutar de un mejor nivel de vida tras jubilarse vende su póliza con un descuento. La compañía que lo adquiere sigue pagando la póliza hasta que su titular muera y pueda cobrar el seguro. Los bancos de inversión titulizan las pólizas adquiridas, es decir, emiten bonos cuya garantía son precisamente los seguros. El inversor recibe unos intereses periódicos por su título, que cotiza además en el mercado secundario.

El valor de los títulos depende de que la esperanza de vida del titular sea modesta, porque si se alarga mucho, la rentabilidad cae por el pago de la póliza que le ha sido comprada. De esta forma, las firmas financieras buscarán para su cartera de pólizas a asegurados con enfermedades graves o de avanzada edad. El ideal, según estudios preliminares de Goldman Sachs, es que duren menos de 10 años. Además, para minimizar la inseguridad, hay que empaquetar miles de pólizas, cuantas más, mejor.

Aunque el riesgo de estos instrumentos financieros es innegable, la idea está siendo apadrinada por las grandes firmas de Wall Street, justamente las que causaron la última crisis financiera. Han constituido una asociación -Institutional Life Markets Association (ILMA)- con el fin de hacer lobby para promocionar este producto y convencer de su bondad tanto a los legisladores como a los potenciales inversores. Sus fundadores son JPMorgan Chase, Credit Suisse, Goldman Sachs, Mizuho International, WestLB y UBS.

El mercado potencial es enorme. Los estadounidenses tienen suscritos seguros de vida con una cobertura por 23 billones de dólares (15,3 billones de euros) y cada año, las aseguradoras reciben 142.000 millones de dólares en primas. El sector calcula que de ese gran pastel, habría un mercado potencial de asegurados dispuestos a revender sus pólizas en torno a 500.000 millones de dólares (333.155 millones de euros).

El negocio tiene similitudes evidentes con el de las subprimes que derivaron en el último desastre financiero, salvo que en este caso la garantía de los títulos son pólizas de seguro en lugar de hipotecas.

Tal vez por eso, el director de regulación de la ILMA, Jack Kelly, en su comparecencia del pasado día 24 de septiembre ante el Comité de Servicios Financieros de la Cámara de Representantes, se apresuró a señalar que el riesgo es mucho menor, puesto que las subprime dependían de una hipoteca cuyo plazos de pago se alargaban en muchos casos durante décadas, mientras que las pólizas tienen una vida menor y sólo hay que predecir la longevidad del asegurado: "El propietario de la póliza recibe el dinero en el mismo momento de venderla. Si la titulización resulta fallida, el único perdedor es el inversor, a diferencia de lo que ocurre con las hipotecas en las que los propietarios pierden su vivienda y los inversores sus ahorros".

En España, este producto financiero es inviable. La legislación prohíbe la titulización de cualquier tipo de seguros para su cotización en los mercados secundarios. Y va más allá, puesto que ni siquiera está permitido que el titular de la póliza la revenda con descuento, una práctica muy común en EE UU, según fuentes de Unespa, la patronal española de seguros. El mercado potencial también sería importante: hay suscritas 23,7 millones de pólizas de riesgo, con unas indemnizaciones a favor de los beneficiarios de 650.000 millones de euros.

Los peligros de este producto financiero son indudables. Curiosamente, el más grave tiene que ver con los avances de la ciencia médica. Como las pólizas más apetecibles son las suscritas por personas con enfermedades graves (cáncer, dolencias cardiacas, alzhéimer, leucemia, etcétera), el descubrimiento de un remedio o de un medicamento eficaz para combatirlas, supondría un desastre para estos productos, al alargar inesperadamente la vida de los asegurados, devaluando el valor de los títulos. El ejemplo más claro que ponen sus detractores es que, por ejemplo, si se hubieran titulizado pólizas en los años ochenta de enfermos con SIDA, habrían sido muy rentables al principio, pero un desastre financiero a partir de los noventa, cuando se descubrieron paliativos que impidieron que la enfermedad fuera mortal.

La dificultad de realizar una estadística fiable puede pesar también en el ánimo de los inversores. Por eso, en diciembre de 2007, Goldman Sachs desarrolló un índice, similar a otros baremos bursátiles, que clasifica los seguros de vida recomprados, tratando de medir los riesgos de la longevidad y mortalidad de una forma "transparente y razonable". El proyecto se frenó al coincidir con el estallido de la crisis de las subprime. Pero ahora las firmas financieras intentan rescatar este producto para revitalizar sus carteras.

Por su parte, las aseguradoras dudan de que éste sea un buen negocio para ellas. En primer lugar, porque desnaturaliza el sentido mismo de los seguros de vida, que es el de compensar económicamente a los parientes o allegados del asegurado cuando éste muere. Y, en segundo lugar, porque podría disparar el fraude en torno a las pólizas.

En mayo pasado, el ILMA organizó una conferencia para inversores en Londres, que tituló: "La longevidad como inversión alternativa". Los inversores ya saben a qué atenerse. Pero tal vez deban tener cuidado con los accidentes.

viernes, 23 de octubre de 2009

Los ingresos del seguro suben un 0,6% hasta septiembre, con 44.158 millones


MADRID, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -


Los ingresos por primas del seguro español se situaron al finalizar el tercer trimestre del año 2009 en 44.158 millones de euros, un 0,6% más que en el mismo periodo del año anterior, a pesar de la crisis económica, según la patronal del seguro, Unespa.

El ahorro gestionado por el seguro de vida se situó en 142.621 millones de euros a fecha 30 de septiembre, lo que significa una progresión del 5,3% respecto al mismo periodo de 2008 y del 4,7% desde primeros de año.

La patronal aseguradora, que emplea las estimaciones de ICEA para elaborar estos datos, considera que las cifras del ahorro "confirman la fortaleza del sector como gestor financiero del ahorro".

Las primas de los seguros del ramo 'vida' se incrementaron un 4,9% y se establecieron en 20.333 millones de euros, mientras que las del ramo 'no vida' experimentaron un descenso del 2,9%, hasta un total de 23.825 millones de euros.

Dentro de los seguros generales (no vida) destacan los crecimientos experimentados en el ramo de salud, con un aumento del 5,2% hasta septiembre en relación con los nueve primeros meses de 2008.

Los seguros de Multirriesgos avanzan un 3,3% en este periodo, con 4.515 millones de euros, mientras que el seguro del automóvil atenúa su caída respecto al trimestre anterior para cerrar con un descenso del 6,2% en tasa interanual, lo que arroja un total de 8.865 millones de euros.

Fuente EUROPA PRESS

jueves, 22 de octubre de 2009

Mapfre y Caser abandonan el seguro de los funcionarios


Publicado el 22-10-2009 , por Elisa del Pozo. Madrid

Mapfre y Caser (aseguradora de las cajas) se han retirado del seguro que cubre la sanidad de los funcionarios civiles a través de Muface por considerarlo inviable y no rentable, posición que comparte todo el sector de seguros.


Este martes terminó el plazo para que las entidades presentaran ofertas para 2010 y 2011 y las dos entidades no han acudido, pese a estar en el grupo de ocho compañías que actualmente cubre este colectivo, integrado por 1,54 millones de personas. El actual concierto comenzó en 2007, con prorrogas en 2008-2009.

Adeslas es la que más presencia tiene en el concierto, con el 32,65% del total y 502.703 asegurados. Asisa es la segunda, con el 28,59% y 440.125 clientes. Mapfre da servicio actualmente a 117.381 personas, el 7,62% de este colectivo, mientras que Caser tiene el 7,59%, con 116.787 asegurados.

La retitada de estas dos entidades supone que a partir de enero, 234.168 clientes, el 15,21% del total, deberán recolocarse en otra entidad o integrarse en la sanidad pública. La salida de Mapfre y Caser tiene menor impacto para ellas, ya que el peso de esta actividad en su negocio es mucho más reducido que en Adeslas y Asisa, especializadas en salud, con una incidencia del 40% y un 60% respectivamente en sus primas.

DKV Seguros da cobertura en España a 103.520 funcionarios y familiares, el 6,72% del colectivo. A esto suma 6.813 (el 0,44%) asegurados que trabajan en el extranjero. El 15,45% de los funcionarios (237.832) elige la sanidad pública frente a la privada. La retirada de Mapfre y Caser es el último episodio en la disputa que mantienen desde hace años las aseguradoras y Muface sobre el precio de esta cobertura.

En el sector de seguros mantienen que esta retirada es un dato objetivo que avala su postura. El concurso para la cobertura de los próximos dos años fija un aumento medio de la prima del 2,5%, insuficiente para las entidades que reclaman una subida mínima del 20% que, añaden, podría distribuirse en varios años. Un directivo del sector mantiene que a las entidades no le hubiera importado hacer este año un esfuerzo acorde con las dificultades del momento, pero para eso "tendríamos que haber llegado hasta aquí en una situación más saneada".

El panorama recuerda al vivido en 1990, cuando Sanitas decidió renunciar a Muface por las pérdidas que le generaba. La Adminstración accedió a las peticiones del sector y la prima registró incrementos importantes entre 1990 y 1993, pero desde entonces la situación se ha hecho cada vez más insostenible, apuntan en una entidad.

Exigencias
A la escasez del precio se unen las exigencias incluidas por Muface en el nuevo concurso, que no han gustado a las aseguradoras: aumenta sus requisitos en cuanto a la red asistencial que deben tener las aseguradoras en ciertas localidades. Muface afirma que su objetivo es mejorar el servicio a los funcionarios sin perjudicar a las aseguradoras y que ha realizado un gran esfuerzo en el nuevo concurso. Las aseguradoras afirman que el futuro concierto endurece las sanciones por incumplimientos o deficiencias.

Las cláusulas del concurso fijan un incentivo anual del 3% para las compañías que logren el total cumplimiento de los objetivos marcados por Muface y una penalización también del 3% por fallos. Unespa ya advirtió de la inviabilidad de este seguro y lo argumentó con un informe de PriceWaterhouseCoopers que documentaba esta tesis. La Dirección General de Seguros actuó como árbitro entre las partes y tras pedir datos del negocio a las entidades su actuación se ha quedado en el cajón.

Fuente expansion.es

miércoles, 21 de octubre de 2009

Criteria reduce participación en Agbar y compra Adeslas por 1.100 millones


MADRID, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -


Criteria Caixacorp, el 'holding' de participadas de 'La Caixa', cederá a Suez Environnement el control del grupo Aguas de Barcelona (Agbar), donde posee el 4,10% del capital, en una doble operación por la que el 'holding' compra el 99,79% de la aseguradora Adeslas, confirmaron hoy a Europa Press en fuentes oficiales de Criteria.

El objetivo de Criteria con la compra de Adeslas es integrar la aseguradora en SegurCaixa, explicaron las mismas fuentes, que precisaron que el 'holding' abonará a Agbar por su 54,79% en Adeslas 687 millones de euros y 491 millones a Malakoff, que controla el 45% de las acciones del grupo, por lo que la operación supondrá un importe total de 1.178 millones de euros.

En paralelo Suez Environnement elevará del 45,9% al 75% su participación en Agbar en una operación que supondrá entre 6,47 y 8,71 millones de euros, ya que el precio definitivo dependerá del resultado de la OPA de exclusión que se lanzará sobre la compañía de aguas, según publica hoy 'Expansión'.

El beneficio de las aseguradoras se estanca en el primer semestre


Madrid, 21 oct (EFEM).- Las aseguradoras que operan en España obtuvieron un beneficio neto conjunto de 1.931 millones de euros en el primer semestre del año, un 1,2% más en variación interanual, según datos de Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras (ICEA).

Ese estancamiento se produjo después de dos años consecutivos de descenso en el resultado, que fue especialmente intenso en 2008, cuando los beneficios cayeron un 9,5%.

Entre los negocios que peor parte se llevaron destacaron nuevamente los más expuestos a la evolución de la economía: los seguros de crédito (los que cubren el riesgo de impago) y los de caución (destinados a garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas).

De hecho, esos dos negocios siguieron siendo los únicos que registraron pérdidas, que ascendieron a 70 millones en el caso de las compañías de crédito participantes en la estadística (frente a los 37 millones del primer semestre de 2008) y de 8 millones en el caso de las compañías de caución (frente a los 2,7 millones de un año antes).

La crisis y los impagos empresariales provocaron que el seguro de crédito siguiera incrementando su siniestralidad, que supuso el 159,77% de las primas que ingresó, frente al 117,4% del primer semestre del año anterior.

En el caso de los seguros de caución, los siniestros ascendieron al 108,5% de las primas recaudadas, frente al 99,9% del mismo período de 2008.

Por su parte, el negocio de automóviles redujo el beneficio de su cuenta técnica -la que no tiene en cuenta los resultados de las inversiones, extraordinarios e impuestos- un 11,7 por ciento, hasta 505 millones de euros.

Fuente finanzas.com

Fiatc mantiene su interés por Agrupació Mútua

Fiatc Seguros mantiene su interés por adquirir Agrupació Mútua si surge la oportunidad, aunque se mantiene a la espera de conocer la situación actual de la aseguradora presidida hasta julio por Fèlix Millet e intervenida la semana pasada por la Dirección General de Seguros, que nombró a los abogados Jacint Boixasa y Sergio Gago como administradores independientes.

Europa Press BARCELONA

Fuentes de Fiatc explicaron a Europa Press que la aseguradora presidida por Joan Castells ha seguido la evolución de Agrupació Mútua desde que trascendió su interés por la mutua en verano, pero matizaron que actualmente no se está negociando nada y que Fiatc no prevé dar ningún paso hasta que no se clarifique la situación de Agrupació Mútua.

Con todo, ante las informaciones del verano sobre las recomendaciones de la Dirección General de Seguros para que Agrupació Mútua se integrase en otro grupo, ésta emitió en septiembre un comunicado en el que defendió su independencia y descartó posibles fusiones.

Entonces, el consejo de Agrupació Mútua, con Josep González en la presidencia, destacó que confiaba en la capacidad de la entidad de seguir con su actividad de manera autónoma.

Seguros descarta riesgos en la continuidad de Agrupació Mútua


• Lozano dice que se ha actuado igual que con otras entidades en situación similar

• El desfase patrimonial de la compañía se sitúa en torno a 60 millones


FRANCESC CASALSAGUSTÍ SALA BARCELONA

Tranquilidad. Si alguna consigna pretende difundir el director general de Seguros, Ricardo Lozano, con respecto a la toma de control de la Agrupació Mútua (AM) el viernes es precisamente esa. «No hay problemas para la continuidad de la entidad», explicó ayer a este diario. «La medida se tomó porque la mutua cargaba con un peso inmobiliario fuera de los límites adecuados. Y es una intervención como la que se ha hecho en situaciones similares».

Lozano rechazó que la decisión se hubiera visto influida por el caso Palau de la Música, cuyo presidente, Fèlix Millet, lo fue también de AM hasta finales de julio. «Las actuaciones de la dirección general, que tienen que ser muy motivadas, no se ven afectadas por casos externos», manifestó.

Evitó polemizar con la cúpula relevada, encabezada desde hacía un mes y medio por el presidente de la patronal Pimec, Josep González, quien dijo que estaban actuando coordinados con el supervisor: «Coordinadamente no es la palabra. Había contactos, pero una vez hecha la inspección se optó por la fórmula adoptada en situaciones similares».

Las palabras del principal responsable de la supervisión de las entidades aseguradoras persiguen restablecer la calma de los casi 400.000 mutualistas de AM. «No es el grado más alto de intervención posible. Hay veces en las que incluso se impide a la compañía vender pólizas nuevas. Y este no es el caso», afirmó.
Aunque no cuantificó el desfase patrimonial que sufre la mutua por su política de inversiones inmobiliarias, admitió que es del orden de lo establecido en la auditoría de las cuentas del 2008 realizada por BDO: unos 60 millones de euros. A esa cifra habría que sumar los 13,5 millones de pérdidas de AM el año pasado. En la nota en la que Seguros comunicaba la imposición de dos administradores provisionales hacía referencia a la «deficitaria situación patrimonial» de la mutua.

PÉRDIDAS EN BANKPYME / La mayoría de las pérdidas se deben a los créditos concedidos a Amci Habitat, de la que AM tiene el 70,458%. A los alrededor de 13 millones de la inversión en la filial hay que sumar más de 40 millones en préstamos que BDO consideró irrecuperables.

Lozano tampoco quiso pronunciarse sobre el destino de la participación de la mutua en Bankpyme (25%). El banco registró hasta junio pérdidas de 1,17 millones, que se suman a las de 4,5 millones del 2008.

El director de Seguros atribuyó a los dos administradores designados el viernes, Jacint Boixasa y Sergio Gago, las decisiones en este sentido; al igual que a Pere Galí, que será quien llevará la política de desinversiones. Abogó por «un proceso de desinversión ordenada hacia una cartera más acorde con el sector asegurador». Destacó que las personas elegidas llevan tiempo trabajando en el plan de viabilidad de AM.

Gago tiene experiencia en casos similares, ya que fue administrador de la aseguradora Cahispa. Boixasa y Galí, por su parte, fueron respectivamente director general de Seguros y secretario de Promoción Económica de la Generalitat, en la etapa de Francesc Homs (CiU) como conseller de Economia. Ambos son socios, junto al propio Homs, de la consultora de empresas RJCE, del grupo Roca i Junyent.


Fuente elperiodico.es

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