jueves, 7 de enero de 2010

El negocio de bancaseguros ante los procesos de fusión


Publicado por Guillermo San Pedro Fuente expansión.com

Los acuerdos de fusión y el establecimiento de sistemas institucionales de protección (SIP) entre cajas de ahorros están siendo, y serán ciertamente, uno de los acontecimientos más importantes en el sector financiero español durante el próximo ejercicio.

Algunas fusiones y sistemas de protección se han anunciado ya, y otras lo harán, a buen seguro, en un futuro próximo, siguiendo las recomendaciones del Banco de España.

Desde finales de los años ochenta, las cajas de ahorros y un buen número de bancos han venido desarrollando con éxito su negocio bancoasegurador mediante la suscripción de alianzas con socios aseguradores, fundamentalmente para la comercialización de seguros de vida y planes de pensiones.

Ello encuentra una clara lógica empresarial si se tiene en cuenta que más del 70% de la nueva producción de seguros de vida se comercializa en España a través de bancos y cajas de ahorro.

Son múltiples las incógnitas que se abren para las partes como consecuencia de la fusión entre cajas

Por otro lado, tras el éxito en el negocio de vida, no han sido pocas las entidades de crédito que han decido suscribir en los últimos años nuevas alianzas con socios aseguradores para potenciar la distribución bancaria de seguros distintos al de vida (denominados seguros generales), con el objetivo de aumentar el peso del canal bancario en la distribución de seguros generales, que actualmente apenas supera el 10%, en claro contraste con el dominio de bancos y cajas en la comercialización de seguros de vida.

Las fusiones entre cajas de ahorros que ahora acontecen suponen una alteración sustancial de las bases sobre las que se asientan las alianzas de bancaseguros suscritas por las cajas con sus socios aseguradores, tanto para el ramo de vida como para los seguros generales. Por virtud de la fusión, las distintas redes de distribución de las cajas de ahorro participantes en un mismo proceso se integran necesariamente en una misma entidad, que se convierte de modo automático en contraparte única de los diversos socios aseguradores que tenían suscritos acuerdos con cada una de las cajas participantes en la fusión.

De este modo, diversos socios aseguradores, competidores directos entre sí, se ven obligados a convivir en una misma red bancaria (la de la caja de ahorros resultante de la fusión). Por otro lado, al tratarse (en la mayoría de los casos) de negocios conjuntos (joint ventures) entre la caja de ahorros y el socio asegurador, suscritos en atención a las particulares características y la identidad de cada parte en el negocio (intuitu personae), la alteración de la personalidad jurídica de una de dichas partes (la caja de ahorros como consecuencia de la fusión) provoca que el socio asegurador deba necesariamente replantearse el negocio conjunto mantenido hasta la fecha.

Incógnitas
Como se comprueba, son múltiples las incógnitas e interrogantes que se abren para las partes como consecuencia de la fusión. La principal parte de que el ámbito de aplicación de los acuerdos suscritos por las cajas de ahorros con los socios aseguradores excluye normalmente la ampliación de la red bancaria que supone una fusión, pues una vez consumada ésta el tamaño de la entidad resultante de la fusión es probable que supere varias veces el de la caja de ahorros con la que el socio suscribió inicialmente el acuerdo.

En estos casos, parece lógico que la extensión del ámbito de aplicación del acuerdo inicial a la nueva entidad resultante de la fusión deba ser negociado y aceptado por las partes, en atención al mayor tamaño y capacidad de distribución de seguros de la nueva entidad, que altera significativamente uno de los pilares sobre los que se apoyaba el acuerdo inicial de bancaseguros (la red de distribución de la entidad de crédito).

Por tanto, la adaptación del acuerdo inicial a la nueva entidad resultante de la fusión provoca necesariamente una negociación multilateral entre las cajas participantes en el proceso de fusión y los distintos socios aseguradores de cada una de ellas. El resultado de estas negociaciones determinará el esquema final del negocio de bancaseguros de la nueva entidad, con un tamaño y capacidad de distribución sustancialmente superior a los inicialmente considerados por los socios aseguradores cuando suscribieron sus acuerdos. En la pugna por ampliar la presencia en el canal bancario de los grandes grupos aseguradores, la batalla está, por tanto, servida en los próximos meses.

Abogado de Uría Menéndez

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